Reclamar los gastos de hipoteca a tu banco banco ahora es posible
Cuando se formaliza una hipoteca, el usuario está ‘obligado’ a hacer frente a una serie de gastos (notario, tasación, asesoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados)
Una sentencia del Tribunal Supremo reconoce ahora lo abusivo de esta situación y obliga a los bancos a devolver el importe de esos gastos
Aunque la cantidad varía en función de la provincia y del importe solicitado, hasta ahora una persona que contrataba una hipoteca tenía que pagar, para un préstamo de 180.000€, unos 1.500€ en gastos de notaría, tasación de la vivienda, asesoría e impuestos de actos jurídicos documentados.
En diciembre de 2015, una sentencia del Tribunal Supremo, más otras del de primera instancia y de varias audiencias provinciales, consideró que son los bancos los que deben hacerse cargo de estos gastos si no en su totalidad, sí al menos en parte.
Por qué el cliente pagaba hasta ahora estos gastos
Por norma general, el banco incluía una cláusula en el contrato por la que traspasaba la responsabilidad de estos gastos hipotecarios al solicitante de la hipoteca. Según la sentencia «resulta llamativa la extensión de la cláusula que pretende atribuir al consumidor todos los costes… contraviniendo normas legales con previsiones diferentes al respecto«. Y es que, en realidad, tal y cómo se desprende de la sentencia, es el prestamista, el banco en este caso, el que tiene más interés en la documentación e inscripción de la escritura de la hipoteca por lo que es injusto que la totalidad de esos gastos los pague el solicitante.
Cómo están respondiendo el resto de tribunales
La justicia no es una ciencia exacta por lo que, a pesar de la importancia del dictamen del Tribunal Supremo, ha habido que esperar para poder comprobar si el resto de tribunales seguía o no el mismo criterio.
Así, se observa una tendencia a exonerar a los bancos de hacerse cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, la partida de mayor valor de todos los gastos hipotecarios, pero no del resto. Es decir, están apoyando, casi de manera generalizada, el que los bancos tengan que devolver los gastos de tasación, asesoría y notario.
Aun así, las dudas respecto a todo este proceso son muchas. ¿Son los gastos de todas las hipotecas reclamables o solo de las que se constituyeron 4 años antes de la sentencia? ¿También estarían incluidas las novaciones hipotecarias? Los abogados no pueden dar una respuesta pero recomiendan iniciar los trámites de reclamación cuanto antes para que la jurisprudencia hable por sí misma.
Cómo reclamar los gastos de hipoteca
La opción más obvia, una vez hayas reunido la documentación necesaria – que especificaremos más adelante – y hablar con el banco para intentar llegar a un acuerdo amistoso, es acudir a un abogado para que inicie la reclamación por la vía judicial. No obstante, existen alternativas si te preocupan los honorarios de un bufete. La OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, va a poner en marcha demandas multiindividuales. En su página web, puedes usar su calculadora para hacerte una idea del importe, en concepto de gastos de hipoteca, que tu entidad bancaria puede llegar a devolverte.
Pide ayuda a tu compañía de seguros
Algunas pólizas, como el Seguro de tranquilidad familiar de Previsora Bilbaína ofrecen un servicio de asesoramiento jurídico tanto por teléfono como online que incluye:
- Revisión de la documentación necesaria para iniciar la reclamación
- Asesoramiento sobre lo que puedes reclamar a tu banco
- Información sobre el procedimiento específico establecido por el Gobierno para este tema
- Modelo tipo del escrito que debes presentar en tu entidad bancaria
- En caso de ir a juicio, se te facilitaría un contacto de un abogado colaborador con un 15% de descuento sobre sus honorarios
Cómo reclamar los gastos de la hipoteca a través de la OCU *
Lo primero que tienes que hacer es hacerte socio de la organización. Si realizas la inscripción a través del teléfono podrás beneficiarte dos meses de un periodo de prueba en el que solo pagarás 2€. Tras el alta como socio, podrás hablar con su servicio jurídico para que te asesoren sobre toda la documentación que necesitas. Una vez la tengas recopilada, ellos se encargarán de ponerse en contacto con tu entidad bancaria para llegar a un acuerdo amistoso.
Una vez termine el periodo de prueba, la cuota pasará a ser de 15€ al mes aunque te puedes acoger a un descuento del 50% durante todo un año. Es decir, pagarás 7,5€/mes. Si se agota la vía amistosa y el banco no accede a la devolución de los gastos de formalización de hipoteca, se abrirá una vía judicial.
Para ello, la OCU ha llegado a un acuerdo con un bufete que se hará cargo de interponer la demanda. Llegados a este punto, deberás abonar unos 240€ en concepto de provisión para el abogado y procurador. Si la sentencia te es favorable, se te devolverán esos 240€ y los honorarios pasarán a ser solamente el 20% de la cantidad recuperada.
Hacerte socio de la OCU no implica permanencia alguna pero sí que deberás permanecer inscrito mientras dure la reclamación judicial.
Qué documentación se necesita para iniciar la reclamación
En caso de que te falte algún documento, puedes pedir un duplicado en la entidad bancaria, en el notario o en la agencia tributaria.
- Factura de los gastos de la notaría en la que firmaste las escrituras.
- Carta de pago de los gastos del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
- Factura de los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad de tu hipoteca.
- Si recurriste a una gestoría para realizar las tramitaciones, la factura por sus servicios.
- Escritura del préstamo hipotecario.
- Factura de la tasación del inmueble.
- Último recibo del pago de la hipoteca en caso de que sigas pagándola.
*La OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, es una organización con la que ni Previsora Bilbaína ni Previalia Magazine tienen algún tipo de vínculo o relación.
Hola amigos:
Mi hipoteca esta formalizada
el Inicio de la hipoteca
04/03/2009
Capital inicial
119.594,62€
Vencimiento final de la hipoteca
01/04/2029
Puedo solicitar esa devolucion de gastos?..Como o donde?
Hola, Jesús:
En principio sí que podrías solicitar la devolución. Tal y como explicamos en el artículo lo primero que tendrías que hacer es reunir la documentación necesaria y solicitar de manera amistosa la devolución a tu banco. En caso de que tengas contratada la garantía legal del Seguro de tranquilidad familiar, tu seguro se encargaría de:
Si no tienes contratada esa garantía, puedes acudir a la OCU
Muchas gracias por la información. Me ha sido de gran utilidad.
El banco con que firmé la hipoteca ha puesto una dirección e.mail a disposición de los clientes para hacer la solicitud. Si en el plazo de tres meses no responden invitan a seguir el proceso por medios jurídicos.
Gracias, Joseph:
Nos hace mucha ilusión que los artículos que escribimos sean de utilidad a nuestros lectores.
Buenos dias,
He leido, los tramites para reclamar los gastos de la hipoteca, tasacion, gestoria, registtro propiedad, etc..
Tengo una hipoteca, ja cancelada, y la formalizamos en el año 1990. ¿Puedo reclamar algo, o ya ha precrito.
Gracias.
Hola, Bibiana:
Todo depende de cuándo terminases de pagar la hipoteca. En principio, si fue dentro de los 4 años anteriores a la sentencia no deberías tener problema. Es decir, si la terminaste de pagar con posterioridad al 23 de Diciembre de 2011, podrías reclamar.